lLos veraneantes pueden marcharse tranquilos: si su avión llega a su destino con un retraso de más de tres horas y pretenden beneficiarse de la compensación (de 250 a 600 euros) a la que exige el reglamento europeo 261/2004 le da derecho a ello, podrá seguir confiando esta misión a una compañía aérea de asistencia al pasajero (AirHelp, Flightright, Air-Indemnity, RefundMyTicket, RetardVol, AirRefund, etc.).
Estas empresas, la pesadilla de los negocios, se encargan de los tediosos trámites, pudiendo beneficiarse de una comisión (del 30% al 35%) sobre el importe pagado. En caso de litigio, intervienen ellos mismos, con abogados especializados en derecho aeronáutico. Cuando prospera su acción, superan en su mayor parte los costes, sin que el total de su deducción alcance el 50% de la indemnización debida. Por tanto, el pasajero recibe al menos la mitad sin haber movido un dedo.
Algunas empresas han intentado entrar en su negocio introduciendo en sus contratos de transporte una cláusula que prohíbe a sus clientes utilizarlos. La compañía española Air Europa también insertó una disposición que establece que “ los derechos que pertenecen al pasajero se atribuyen a su persona y (eso) su transferencia no está autorizada ».
Incompatibilidad
La empresa de soporte Eventmedia Solutions SL, a la que seis viajeros habían confiado la tarea de recuperar su indemnización, emprendió acciones legales en España, alegando que tal prohibición era contraria a la normativa. 261/2004 (artículo 15). Esto especifica, de hecho, que “obligaciones hacia los pasajeros (…) no puede limitarse ni renunciarse, en particular mediante una cláusula derogatoria o restrictiva que figure en el contrato de transporte”.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ante el juzgado mercantil de Palma de Mallorca, falló a su favor, 29 de febrero 2024 (C-11/23) : tal disposición, que impide al pasajero “ceder su deuda a un tercero, para evitar dificultades y costes que puedan disuadirle de tomar medidas personales para una cuestión financiera limitada”no es compatible con el reglamento.
“Esta sentencia europea confirma una decisión que el tribunal comercial de París dictó a nuestro favor”explica Anaïs Escudié, fundadora de RetrasoVol. fr. : el 14 de junio de 2023, este competencia para juzgar” no escrito »porque, creando “un desequilibrio significativo entre los derechos y obligaciones de las partes”una cláusula de empresa La española Vueling, exigiendo al cliente que presente su reclamación «directamente» y concédele “un plazo de treinta días antes de recurrir a un tercero”. Así, el tribunal hizo públicos los expedientes de 257 pasajeros.
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