“La ley de extranjería rompe con los principios de la Seguridad Social”

lLa ley de inmigración adoptada el 19 de diciembre constituye una ruptura política en muchos niveles que justificó ampliamente su rápido abandono. Uno de ellos es el área de políticas sociales. En términos formales, al introducir una restricción ligada a la nacionalidad para el acceso a una prestación de seguridad social, rompe con sus principios históricos, estableciendo un vínculo directo entre cotización y afiliación. Básicamente, la reforma, si se implementara, causaría un empobrecimiento significativo de las familias y los niños, franceses o no, con dramáticas consecuencias sociales a corto y largo plazo.

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El texto votado introduce para los extranjeros fuera de la Unión Europea un período de exclusión de tres meses a cinco años para el acceso a la ayuda a la vivienda, pero también un período de exclusión de dos años y medio a cinco años para el acceso a los subsidios familiares. Esta última medida, que encontramos hasta ahora en el programa de la Asamblea Nacional, y no en el programa presidencial, constituye una ruptura con el principio establecido por la orden del 4 de octubre de 1945 que establece “un organismo de Seguridad Social destinado a garantizar a los trabajadores y a sus familias contra riesgos de todo tipo que puedan reducir o eliminar su capacidad de ingresos, para cubrir los gastos de maternidad y familiares que soportan”.

Ciertamente, en Francia existen prestaciones como la renta activa solidaria (RSA) sujeta a un período de exclusión de cinco años para los residentes extranjeros con graves consecuencias sociales. Pero el RSA no es una prestación de seguridad social: es un sistema de ayuda pública financiado por los presupuestos de los departamentos, a su vez subvencionados por el Estado. Hasta ahora, ningún mecanismo de seguridad social se ha visto afectado por tal exclusión basada en criterios de nacionalidad.

De hecho, el criterio de nacionalidad no ha estado, desde el principio, en el repertorio de la Seguridad Social. Éste, inspirado en el paradigma “bismarckiano” del seguro social, se construyó en una lógica contributiva de afiliación que emanaba de los empleados: la comunidad de asegurados es la comunidad de contribuyentes, construyendo así la ciudadanía social y las bases de una socialdemocracia.

Desempate

Incluso las prestaciones de seguridad social se han vuelto “universales” con el tiempo, al igual que las relacionadas con la enfermedad o la familia, que hasta ahora han conservado dimensiones de “contribución” específicas del seguro social. Se financian mediante impuestos (contribuciones sociales, contribuciones sociales generalizadas (CSG) y gravámenes fiscales que reemplazan las contribuciones exentas), que se aplican primero sólo a los ingresos de los empleados y luego a todos los ingresos, y brindan beneficios a todos los asegurados afiliados.

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