Los restos de los fallecidos enterrados en “terreno común” deben ser tratados con dignidad

Los restos de los fallecidos enterrados en “terreno común” deben ser tratados con dignidad

AEn el cementerio, el entierro del difunto se realiza ya sea con apoyo económico, en “concesión”, o de forma gratuita, en un “terreno común” (antiguamente llamado “plaza de indigentes”).

Cuando un municipio pretende hacerse cargo de una concesión vencida, el alcalde debe “informar a los concesionarios y a sus causahabientes por cualquier medio” de la existencia de un derecho a su renovación (artículo L.2223-15 del código general de entidades locales).

Por otra parte, no tiene una obligación análoga para los entierros en terrenos comunes, donde generalmente se entierra a personas de medios modestos (en particular, las personas sin hogar). Sin embargo, las fosas individuales se abren cada cinco años (el tiempo habitual en que los cuerpos se descomponen) para dar cabida a nuevos entierros.

Esta falta de obligación de proporcionar información ignora “el principio de dignidad de la persona humana”, juzgó el Consejo Constitucional, 31 de octubre de 2024o, convenientemente, la víspera del Día de Todos los Santos.

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Fue incautado en las siguientes circunstancias: el 5 de septiembre de 2017, Michel B. vino a presentar sus respetos a la tumba de su madre, Antoinette Frenk, a quien, por falta de medios económicos, había enterrado, en febrero de 2012, en el terreno común del cementerio de Thiais (Val-de-Marne). Descubre que el cuerpo ha sido exhumado, crematizado y que las cenizas han sido esparcidas.

De fe judía

MB solicita a la ciudad de París, gestora del cementerio, una indemnización por los daños sufridos, es decir “la ausencia de un lugar para meditar”y el «choque » sentí al aprender sobre la cremación: MA mí Frenk, un sobreviviente del Holocausto, era judío (había colocado una estrella de David en su ataúd); o esta religión no permite la cremación.

El 25 de abril de 2022, el tribunal administrativo de París condenó a la ciudad a pagarle 5.000 euros, pero el 21 de noviembre de 2023, el tribunal administrativo de apelación de esta ciudad anuló su sentencia al no haber incumplido ninguna obligación la ciudad.

Gracias a la asistencia jurídica, MB recurre al Consejo de Estado, y su abogada, Katia Guermonprez-Tanner, plantea la siguiente cuestión prioritaria de constitucionalidad (video): L’Artículo L.2223-4 del código general de autoridades locales no es contrario al principio de la dignidad de la persona humana?

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De hecho, dice que el alcalde puede hacer incinerar los restos exhumados.“a falta de oposición conocida o probada del causante ». Pero no prevé la obligación de informar a los terceros que puedan comunicarle esta oposición.

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